La Constitución española
de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de
España, a la que están sujetos los poderes públicos y sus
ciudadanos, en vigor desde el 29 de diciembre de 1978.
La Constitución fue
ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978. La
promulgación de la Constitución implicó la culminación de la
llamada transición a la democracia, que tuvo lugar como consecuencia
de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior jefe de Estado
el general Francisco Franco. Configura el país en un «Estado
social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores
del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el
pluralismo político». Afianza el principio de soberanía
popular, y se establece la monarquía parlamentaria como forma de
gobierno.
La Constitución
establece el proceso de formación del Estado de las Autonomías, las
comunidades autónomas gozan de una autonomía de naturaleza política
que configura a España como un Estado autonómico.
El rey es el jefe del
Estado, figura que desempeña funciones de naturaleza eminentemente
simbólica y que carece de poder efectivo de decisión. Sus actos
tienen una naturaleza reglada, cuya validez depende del refrendo de
la autoridad competente.
La división de poderes,
idea fundamental en el pensamiento liberal, es establecida por el
texto constitucional. Permite la elección, por sufragio universal,
de los representantes del pueblo soberano en las Cortes Generales, el
poder legislativo
El Gobierno, cuyo
presidente es investido por el Congreso de los Diputados, dirige el
poder ejecutivo. Los miembros del Gobierno son designados por
el presidente.
El poder judicial
recae en los jueces y tribunales de justicia, siendo el Consejo
General del Poder Judicial su máximo órgano de gobierno.
