La
Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento
jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes
públicos y sus ciudadanos, en vigor desde el 29 de diciembre de
1978.
La
Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre
de 1978. La promulgación de la Constitución implicó la culminación
de la llamada transición a la democracia, que tuvo lugar como
consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior
jefe de Estado el general Francisco Franco. Configura el país en un
«Estado social y democrático de Derecho que propugna como
valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la
justicia, la igualdad y el pluralismo político». Afianza el
principio de soberanía popular, y se establece la monarquía
parlamentaria como forma de gobierno.
La
Constitución establece el proceso de formación del Estado de las
Autonomías, las comunidades autónomas gozan de una autonomía de
naturaleza política que configura a España como un Estado
autonómico.
El
rey es el jefe del Estado, figura que desempeña funciones de
naturaleza eminentemente simbólica y que carece de poder efectivo de
decisión. Sus actos tienen una naturaleza reglada, cuya validez
depende del refrendo de la autoridad competente.
La
división de poderes, idea fundamental en el pensamiento liberal, es
establecida por el texto constitucional. Permite la elección, por
sufragio universal, de los representantes del pueblo soberano en las
Cortes Generales, el poder legislativo
El
Gobierno, cuyo presidente es investido por el Congreso de los
Diputados, dirige el poder ejecutivo. Los miembros del
Gobierno son designados por el presidente.
El
poder judicial recae en los jueces y tribunales de justicia,
siendo el Consejo General del Poder Judicial su máximo órgano de
gobierno.

No hay comentarios:
Publicar un comentario